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A pesar de que la Ley 15/99 de Protección de Datos de Carácter personal tiene ya 16 años de vida, sigue siendo una gran desconocida por la pyme, ya no tanto por su nivel de cumplimiento, que por suerte cada vez es mayor, sino por la creencia de que es algo de poca utilidad, como si de un impuesto se tratara.
Durante estos años muchas empresas han delegado la realización de estos trabajos a empresas con escasa especialización o conocimiento en la materia, incurriendo en un riesgo que en muchos casos desconocen. Muchas otras realizaron el trabajo hace unos años pero ha quedado aparcado en el cajón, sin tener en cuenta que la L.O.P.D exige realizar controles periódicos y tener actualizada la documentación.
En todo caso hay una Directiva Europea y actualmente se está revisando el marco normativo, esto llevará a un nuevo Reglamento General que será de aplicación en todos los países de la Unión Europea, con lo cual tenemos que estar atentos a las implicaciones que tendrá para nuestras empresas.
Uno de los problemas o críticas que siempre hemos escuchado al respecto de esta Ley es que no ha conseguido evitar que nos sigan llamando a la hora de la siesta a casa con mensajes publicitarios o que nuestros datos estén disponibles para determinados entes con fines comerciales.
Todo esto es razonable pero no quita para que toda empresa, sea del tamaño que sea, disponga de las medidas necesarias que marca la Ley, tenga los ficheros correctamente inscritos en la Agencia de Protección de Datos y disponga de un Plan de Seguridad con toda la documentación necesaria. Por supuesto también deberá aplicar lo que indica dicho Plan de Seguridad y realizar los controles periódicos necesarios.
Y muy recurrente es también la frase de que el desconocimiento de la Ley, algo que sigue siendo bastante habitual, no exime de su cumplimiento.
Hay que tener en cuenta que es una ley dinámica, desde su inicio hasta la actualidad han salido modificaciones o aclaraciones que hay que tener en cuenta. Por ejemplo se ha tratado con especial interés el tema de la videovigilancia, indicando la necesidad de tener el fichero inscrito, informar al usuario de la existencia de cámaras, borrar las imágenes en el plazo legal o disponer de los formularios legales oportunos.
Por lo tanto concluimos que si tu empresa no está correctamente asesorada en el ámbito de la Protección de Datos puede incurrir en problemas legales y sanciones económicas no deseables, igual que tienes tu asesor fiscal o tu asesor laboral, dispon de un asesor de Protección de Datos experto y competente.
Fuente: www.esisoluciones.es
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